Aprueban disposiciones y formularios para la declaración jurada anual del impuesto a la renta y del impuesto a las transacciones financieras del ejercicio grava

Recordemos que conforme a lo establecido en el artículo 79° de la Ley del Impuesto a la Renta, los contribuyentes del impuesto que obtengan rentas computables para los efectos de dicha ley, deberán presentar declaración jurada de la renta obtenida en el ejercicio gravable en los medios, condiciones, forma, plazos y lugares que determine la SUNAT, facultando a esta a exceptuar de tal obligación en los casos que estime conveniente, a efecto de garantizar una mejor administración o recaudación del impuesto.

Asimismo, el artículo 9° del Reglamento de la Ley N° 28194, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2004-EF, dispone que la presentación de la declaración y el pago del impuesto a las transacciones financieras a que se refiere el inciso g) del artículo 9° del TUO Ley N° 28194, se efectúe conjuntamente con la presentación de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta.

 

Siendo así, que mediante la Resolución de Superintendencia N° 329-2016/SUNAT, publicada el 30 de Diciembre de 2016, se procede con aprobar las disposiciones y formularios para la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta y del ITF del ejercicio gravable 2016.

Cabe señalar, que la resolución de superintendencia bajo comentario entrará en vigencia el 31 de Diciembre de 2016.

Res. Nº 329-2016/SUNAT


Fuente: www.asesorempresarial.com

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