CONSULTA TRIBUTARIA: MERMAS Y DESMEDROS DE EXISTENCIA

 ¿Qué se entiende por mermas y desmedros de existencia según la LIR? 

 

  1. Merma: Pérdida física, en el volumen, peso o cantidad de las existencias, ocasionada por causas inherentes a su naturaleza o al proceso productivo.
  2. Desmedro: Pérdida de orden cualitativo e irrecuperable de las existencias, haciéndolas inutilizables para los fines a los que estaban destinados.

Base legal: Inciso c) del art. 21° del Reglamento de la LIR

 

Fuente: Vera Paredes


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