Costos laborales (Parte II)

Afirmar que una eventual iniciativa normativa orientada a la reducción de los costos laborales es factible, siempre que no implique una disminución de los derechos de los trabajadores, es una expresión que puede ser entendida de dos maneras.

Germán Serkovic G. abogado laboralista

Una primera, en el sentido que la propuesta de contención de los costos abarcaría tan solo el aspecto de los aportes o contribuciones de cargo del empleador. 

 

De ser este el caso, se hace evidente que el resultado sería muy limitado dado el estrecho marco de actuación que estaría conformado por el abono porcentual sobre las remuneraciones correspondientes a los aportes a Essalud, al seguro complementario de trabajo de riesgo y algún adicional más.

 

La segunda, implica una delicada disquisición lingüística. Se piensa en un cambio normativo que disminuya sustancialmente los derechos y beneficios laborales, pero únicamente para los trabajadores que ingresen en el mercado laboral con posterioridad a la norma peyorativa. Los trabajadores con contrato vigente mantendrían, por disposición expresa de la ley, incólumes sus derechos. No existe impedimento jurídico alguno para la procedencia de una norma que establezca derechos laborales comparativamente menores para quienes acceden a un empleo con posterioridad a su vigencia y mantenga los beneficios de quienes ya los perciben en su totalidad. Es más, no hay en nuestro ordenamiento norma alguna que prohíba la reducción de beneficios con alcances generales, esto es, para los que ya los perciben, como para los que esperan percibirlos. La teoría de los derechos adquiridos ha sido dejada de lado hace ya décadas. Desde esta orientación de pensamiento, la rebaja de los costos laborales sería muy significativa, pero también la afectación de los intereses de los trabajadores.

 

Lo expresado es poco más que una especulación académica. Queda claro, sin embargo, que los costos laborales son –dependiendo del observador– un complemento oneroso que complica las contrataciones o un beneficio laboral que se debe defender ardorosamente.

 

Fuente: Diario El Peruano


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