Abogados y contadores deberán reportar operaciones sospechosas

Organizaciones sin fines de lucro también serán sujetos obligados, advierte Nancy Yong, socia de Advisory de PwC.

 

 Mientras se espera la reglamentación del decreto legislativo que fortalece la Unidad de Inteligencia Financiera, el sector privado se prepara para las modificaciones más importantes, como la inclusión de nuevos sujetos obligados a informar.

 

 

“Sin duda este es un cambio que va a afectar a muchas otras personas jurídicas que no están en el marco de esta norma”, advierte Nancy Yong, socia de Advisory de PwC.

 

 Entre los nuevos sujetos que deben reportar operaciones sospechosas están los abogados y contadores colegiados, en ejercicio individual o en sociedad, y las asociaciones sin fines de lucro.

 

 En el caso de los profesionales mencionados, estos deberán reportar estas operaciones dudosas siempre que actúen a nombre o por cuenta de un tercero, en la compra-venta de inmuebles y acciones, y participaciones en empresas; en la administración de dinero, valores y cuentas; y en la organización de aportaciones, creación y administración de personas jurídicas. El límite es el secreto profesional.

 

 Las organizaciones sin fines de lucro también deberán informar estos movimientos.

 

Diario El Comercio (14.12.2016)

 

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