Decreto Legislativo que modifica la Ley N° 30341, Ley que fomenta la liquidez e integración del mercado de valores

Mediante el Decreto Legislativo N° 1262 (10.12.2016) se otorga un tratamiento preferencial a los rendimientos de instrumentos financieros negociados en mecanismos centralizados de negociación que son regulados y supervisados por la Superintendencia del Mercado de Valores.

En ese sentido, la norma en comento modifica el artículo 2° de la Ley N° 30341 “Ley que fomenta la liquidez e integración del mercado de valores” y establece la exoneración del impuesto a la renta hasta el 31 de diciembre de 2019 a las rentas provenientes de la enajenación de los siguientes valores:

 

a) Acciones comunes y acciones de inversión.

b) American Depositary Receipts (ADR) y Global Depositary Receipts (GDR).

c) Unidades de Exchange Trade Fund (ETF) que tenga como subyacente acciones y/o valores representativos de deuda.

d) Valores representativos de deuda.

e) Certificados de participación en fondos mutuos de inversión en valores.

f) Certificados de participación en Fondo de Inversión en Renta de Bienes Inmuebles (FIRBI) y certificados de participación en Fideicomiso de Titulización para Inversión en Renta de Bienes Raíces (FIBRA).

g) Facturas negociables.

 

Asimismo, la norma también establece los requisitos y condiciones para la aplicación de la exoneración.

 

 El presente decreto legislativo entra en vigencia el 1 de enero de 2017.

 

D. Leg. N° 1262

Escribir comentario

Comentarios: 0