Precios de referencia y derechos variables adicionales a que se refiere el D.S. N° 115-2001-EF, aplicables a importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera

La producción agropecuaria nacional desde hace varios años atrás viene siendo afectada por distorsiones que se traducen en incertidumbre e inestabilidad de los precios internos y de la producción nacional, originadas especialmente por las políticas agrícolas implementadas por los principales países productores y exportadores de alimentos.

A fin de establecer un mecanismo de estabilización y de protección que permitiera neutralizar las fluctuaciones de los precios internacionales y limitar los efectos negativos de la caída de tales precios, se estableció mediante el D.S. 115-2001-EF el Sistema de Franja de Precios a las importaciones de los productos agropecuarios.

 

Dicho mecanismo tiene como finalidad aplicar derechos variables adicionales al arancel cuando los precios internacionales de referencia de dichos productos sean inferiores a determinados niveles de Precios Piso, y rebajas arancelarias cuando dichos precios de referencia sean superiores a determinados niveles de Precios Techo.

 

Ahora, mediante Decreto Supremo N° 180-2016-EF se han actualizado las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios, disponiéndose que tengan vigencia hasta el 31 de diciembre de 2016.

 

Es por ello, que el día de Hoy 07.10.2016 se publicó la Resolución Viceministerial

 

 

Nº 014-2016-EF/15.01 en la que se señalan los Precios de Referencia obtenidos en base a las cotizaciones observadas en el periodo del 1 al 30 de setiembre de 2016.


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