FACTURAS NEGOCIABLES CON EL SECTOR PUBLICO

A través de varios comentarios y opiniones que he leído, ENCUENTRO QUE AUN EXISTEN DUDAS respecto de si se aplican al Sector Publico. AL RESPECTO DEBO SEÑALAR, que la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. N° 208-2015-EF (Reglamento de la Ley N° 2962) claramente señala que "El MEF establecerá las disposiciones que regulen el procedimiento con las entidades del Estado". Y como el MEF no ha establecido nada, pues LOGICAMENTE no se aplicarán las Facturas Negociables a las operaciones con el SECTOR PUBLICO.




fuente: redes sociales y grupos contables en facebook

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Comentarios: 6
  • #1

    luis (miércoles, 30 septiembre 2015 15:28)

    LA LEY 29623 FINANCIAMIENTO Y LA FACT COMERCIAL MI OPINION PERSONAL ES QUE LAS FACTURAS Y RXH DEBEN DE TENER FACTURAS NEGOCIABLES INCORPORADOS Y HAY PLAZOS RESPECTIVOS OJO PARA QUE SEA VALIDO EL CREDITO FISCAL DEL 31.12.2014 LA FECHA DE IMPRESION ES VALIDO HASTA EL 31.10.2015 Y EL OTRO ES DEL 01.01.2015 FECHA IMPRESION HASTA 31.08.2015 Y ES VALIDO HASTA EL 31.12.2015 Y EL 1 SET TODOS DEBEN DE ESTAR CON LA NUEVA LEY Y PARA DARLE DE BAJA ALOS COMPROBANTES DEBEN DE IR AL FORMULARIO 855-2 Y PARA TUS CLIENTES DEBEN DE TENER EL SUNAT Y USUARIO Y FOTOCIPA DE LA FACT. NEGOCIABLE IGUALMENTE TUS PROOVEDORES Y PARA TI UN CONTROL INTERNO EL EMISOR Y FACT. NEGOCIABLE ORIGINAL Y TODO LO PUEDES APRECIAR EL 1 DE OCT 2015 CONSULTA VIRTUAL DE FACT. Y ENTRA EN VIGENCIA ESTA LEY EL 1 SET ..Emoticono wink.

  • #2

    por Edwin cordova (miércoles, 30 septiembre 2015 15:29)

    No está en discusión la vigencia de la Ley, estimado Luis Alberto Godos Herrera. JUSTAMENTE nos basamos en esa LEY vigente, para señalar qe NO SE APLICA para OPERACIONES CON EL SECTOR PUBLICO.

  • #3

    luis (miércoles, 30 septiembre 2015 15:30)

    CLARO PARA SECTOR PUBLICO DEBE DE MANEJARSE DE OTRA MANERA O NO HAY UN ARTICULO ALGO QUE INDIQUE COMO SE MANEJE EN EL SECTOR PUBLICO?¿ PORQUE PARA SECTOR PRIVADO ESTA BIEN DETALLADO LA LEY RESPECTIVA..!

  • #4

    por Edwin cordova (miércoles, 30 septiembre 2015 15:31)

    En la practica las FACTURA NEGOCIABLES, solo serviran como papel de reciclaje para el 99 % de casos. NO SE APLICA para operaciones con el Estado. NO SE APLICA para operaciones al contado. NO SE APLICA con MICROEMPRESAS (Usuarios). Y en los casos que se aplique... DEBERAN ACEPTAR que se les pague menos. Y eso que aun no se conoce a cuanto ascenderá el descuento. Algunos comentaron que sería + o - 5% por mes. CONCLUSION: Al menos yo, NUNCA voy a poder emitir una Factura Negociable, y si pudiera hacerlo, NUNCA aceptaria que me descuenten.

  • #5

    tony (miércoles, 30 septiembre 2015 15:31)

    El tema es algo complejo porque afecta a todos (ventas al contado y crédito) cuando debió ser progresiva la aplicación, dado que claramente se pone en evidencia los "que genios tenemos liderando al MEF Y SUNAT". Ahora la norma es clara, los comprobantes carecerán de ser considerados como tales sino tienen la copia (factura negociable), es decir si deja de ser considerado comprobante de pago, no podrá utilizarse para sustentar crédito fiscal. Por lógica que contribuyente querrá perder este beneficio, además de que tendrá que dar de baja sus comprobantes físicos que dejarán de tener valor sino tienen la copia en mención. Volcando el tema al sector público, también nos amparamos en normas tributarias y mecanismos que impone SUNAT, cuándo está hace los cruces de información que brindan las entidades públicas, la tercera disposición indica que el MEF, establece las disposiciones "NECESARIAS" para regular PAGO Y CONFORMIDAD en "PROCESOS" , osea aquellos importes que superen las 3 UITs (hasta ahora puesto que se espera se apruebe el reglamento para q se incremente a 8 UITs). En las entidades públicas el pago y las conformidades están establecidos desde antaño, y ante la ausencia de una norma interna que no lo regule se tendrá en cuenta la ley 27444- Procedimiento Adm. Grl. En resumen hay que adecuarse, No creo que haya alguna empresa que exclusivamente sólo le venda al estado, por lo tanto tiene que adecuarse, y si le vende a quién le compra para vender? todo está amarrado, lamentablemente no tienen criterio para emitir leyes, no es ajeno que SUNAT sólo busca recaudar y dada la caída de la economía por diversos factores son medidas desesperadas. GRACIAS COSITO POR TANTA INEPTITUD.

  • #6

    por Edwin cordova (miércoles, 30 septiembre 2015 15:32)

    Me parece NOTAR UN ERROR en su comentario estimado Tonny Chávez. Al parecer usted está confundiendo la obligación de que la "impresion de las factura se haga con una terecra copia" con una supuesta obligación de "emitir la tercera copia". Son dos cosas TOTALMENTE distintas.