Detallan programas de capacitación

El Gobierno actualizó los programas de capacitación de los trabajadores de las empresas industriales, a efectos de gozar del crédito tributario contra el Impuesto a la Renta (IR).

Se trata del DS Nº 229-2015-EF, que perfecciona la lista de programas para la industria alimenticia, bebidas y tabaco; metalmecánica; y la industria textil y cuero, refiere un informe legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

Mediante la Ley Nº 30056, modificado por la Ley Nº 30327, se estableció que las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), generadoras de rentas de tercera categoría-régimen general, tienen derecho a un crédito contra el IR equivalente a los gastos por capacitación de sus trabajadores, en tanto no exceda del 3% de la planilla anual.

Para tener derecho al referido crédito, las mipymes deben capacitar a sus trabajadores de planilla, lo cual deberá efectuarse en instituciones elegibles para la beca pregrado (Ley Nº 29837).Dicho adiestramiento, además, no deberá otorgar grado académico y será realizado en el país, los gastos de capacitación serán abonados en el ejercicio que se devenguen, debiendo presentarse a la Sunat la información que esta requiera en su oportunidad.


Fuente: Diario El Peruano

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