Principales recomendaciones a tener en cuenta para las observaciones detectadas por la Administración Tributaria

Principales recomendaciones a tener en cuenta para las observaciones detectadas por la Administración Tributaria:

1. Analizar si existen argumentos sólidos para contradecir las observaciones efectuadas por la sunat, como resultado del procedimiento de fiscalización. Se debe revisar los argumentos del fisco y si ha evaluado todas las pruebas presentadas por el contribuyente.

2. Asegurarse que se encuentra dentro del plazo de 20 días hábiles que establece el Código Tributario Para presentar una reclamación, de lo contrario se tendrá que pagar la acotación o pagar una fianza por la deuda reclamada.

3. Al elaborarse la reclamación ante la administración tributaria el contribuyente debe cumplir con requisitos tales como: firma de abogado hábil, poder de representante legal.

4. Evaluar si por algunos reparos es más conveniente acogerse al régimen de gradualidad y obtener una rebaja en las multas impuestas, ya que este régimen permite acogerse a las rebajas de multas pagando estas y el tributo omitido, mas intereses y continuar discutiendo su procedencia. Si el contribuyente logra una decisión favorable obtendrá la devolución de lo pagado más intereses.

5. Los argumentos que plantee el contribuyente en el escrito de reclamación deben ser redactados de manera clara, concisa y directa. Se deben revisar jurisprudencia del tribunal fiscal e informes sunat. En la reclamación se debe plantear todos los puntos que se quiere discutir, ya que un aspecto no planteado en la reclamación no podrá ser incluido en la apelación.

6. Si el contribuyente requiere presentar nuevas pruebas se podrá realizar sin embargo si estas fueron solicitadas y no presentadas en la etapa de fiscalización, deberá afianzar o pagar la deuda para que estas sean admitidas a trámite.

7. Si la Administración Tributaria Resuelve la reclamación que interpuso, de manera desfavorable, el contribuyente tiene 15 días para formular una apelación que será resuelta por el tribunal fiscal.

8. Antes de apelar puede acogerse al régimen de gradualidad que le permite acogerse a las rebajas de multas pagando estas y el tributo omitido, mas intereses y continuar discutiendo la procedencia de la deuda. Si el contribuyente logra una decisión favorable, obtendrá la devolución de lo pagado más intereses.


Dr. CPCC Víctor Vargas Calderón.

por el club de contadores

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