¡¡¡BASTA YÁ SUNAT‬!!!

Aunque parezca desproporcionada decir que por “enésima vez” he comprobado que la Administración Tributaria está cometiendo atropellos impensados a la tranquilidad de los contribuyentes, no lo es en el sentido del profundo malestar que está generando su conducta con acciones de supuesto control, que más se asemejan a actos de desesperación fiscal por recaudar a como dé lugar, sin interesar en lo más mínimo la continuidad de pequeñas y medianas empresas.

Hay hasta tres aspectos de aparente control, respecto de los cuales la Administración Tributaria ejerce sus facultades legales ignorando que el flujo de efectivo en las empresas para el pago de las obligaciones tributarias, laborales, comerciales y financieras entre otras, depende de los pagos que realizan los clientes, que en un importante número de casos imponen plazos que van entre los 60 o 90 días, sino más, obligando a financiamientos interno o externos para cubrir tales obligaciones.


Esos aspectos se refieren de un lado a la ignorancia aparente que tiene la SUNAT en el tema de las detracciones y de otro lado a la negativa de conceder fraccionamientos a contribuyentes que habiendo declarado formalmente sus impuestos, no los pueden pagar por la sencilla razón de no haber cobrado aun las facturas que originaron las referidas cargas tributarias, debido a los plazos prolongados sobre el particular. También están los errores de la SUNAT que pasan desapercibidos.


En efecto, con relación al tema de las detracciones, la SUNAT viene realizando campañas de amedrentamiento fiscal, con comunicaciones que sostienen inexplicablemente la “existencia de incoherencias” entre lo facturado y declarado en un mes con los depósitos efectuados en las cuentas de detracciones, sin explicar de manera objetiva en qué consisten tales incoherencias y obligando al contribuyente a un análisis que toma tiempo y tiene un costo improductivo.


La SUNAT parece no conocer que la oportunidad en la que se realiza un depósito en la cuenta de detracciones no es necesariamente coincidente con aquella en la que se anota la correspondiente factura en el registro de Ventas y se declara ante dicha entidad. Es obvio que cuando existen condicionamientos contractuales de registrar la factura y pagarla cuando el servicio haya sido satisfecha en su totalidad, las oportunidades referidas se van a distanciar en el tiempo y entre periodos tributarios mensuales: entre la emisión y registro contable del emisor y la provisión y pago or parte del cliente.


De modo tal que es muy común y frecuente que en un determinado mes, se observen depósitos que no coinciden con las facturas de ese mismo mes, ya que, las que corresponde a tales depósitos fueron emitidas, registradas y declaradas en periodos anteriores. Pero la SUNAT parece no entender ese mecanismo y obliga a los contribuyentes a realizar un análisis que debería ser propio de la capacitación continua de los funcionarios del Estado y no de una inversión inútil e improductiva por parte de los contribuyentes.


Conozco de varios casos en los que nos han solicitado apoyo para poder atender estas circunstancias de fastidio e incomodidad para los contribuyentes y aunque nos resultaría muy estimulante brindar el servicio y facturarlo, trato de ponerme en el lugar de aquel contribuyente cumplidor de sus obligaciones pero sometido a un maltrato que muy probablemente no tienen otros a quienes se les debería prestar mayor atención de verificación, fiscalización y seguimiento.


Recientemente acabo de tomar conocimiento y me causó indignación el caso de un contribuyente que durante el ejercicio gravable 2014, realizó una serie de servicios facturados que recién se culminaron en los primeros meses del año 2015, y debido a su deseo de declarar como devengado lo facturado en el 2014, incurrió en una deuda tributaria que hasta la fecha no puede pagar por la sencilla razón de que su cliente aún no ha aprobado la culminación del servicio.


Esta ha sido explicado a los funcionarios de la SUNAT en un trámite vinculado al fraccionamiento y dicha entidad se ha negado a concederle el mismo y ya tomó por la vía de la ejecución coactiva los pocos recursos que tenía en sus cuentas corrientes producto de préstamos para atender su operatividad y el pago de las remuneraciones y otros compromisos propios del giro del negocio. Muy apesadumbrado esta persona me preguntó: “¿me están obligando a cerrar o a volverme informal?”

En marzo de este año, con ocasión de la presentación de mi declaración jurada personal, accedí a la información que ofrece la misma SUNAT mediante el denominado “Archivo Personalizado” que concede la información registrada en línea por los contribuyentes ante la SUNAT, y pude observar oportunamente que cinco de mis recibos de honorarios habían sido duplicados y que de no haber advertido dicho error hubiera tenido que pagar un importe desproporcionado del impuesto a la renta.


El error no fue mío, fue de la SUNAT, pero cuando soy yo o el contribuyente el que se equivoca, INMEDIATAMENTE la SUNAT cobra las multas y los intereses moratorios, pero el contribuyente sigue siendo maltratado. Claro, si yo no hubiera revisado detalladamente el archivo personalizado, hubiera terminando pagando más impuesto que el requerido legalmente (pago indebido) para luego iniciar un tedioso trámite de devolución o compensación como si se tratara del pedido de una limosna.


Parece que la SUNAT o sus autoridades no entienden que este país se sostiene con aquellos que le dan la cara y no se esconden como miles de delincuentes tributarios que viven muy tranquilos sin que la acción fiscalizadora los llegue a tocar. Toda la fuerza o caso toda la fuerza de la SUNAT está concentrada en aquellos que tienen RUC y que declaran y tributan permanentemente y entonces nos preguntamos: ¿Tenemos que acostumbrarnos a esta situación? ¿Debemos aceptar silenciosamente los atropellos y abusos administrativos? ¿Es el propósito del estado que los contribuyentes honrados dejen de serlo o simplemente sepulten sus inversiones?

También los pequeños y medianos empresarios generamos fuentes de empleo y tributamos periódicamente, también sostenemos a éste país y a su aparato gubernamental. ¿Hacia dónde nos quieren dirigir? ¿Están buscando que las pequeñas y medianas empresas cierren sus operaciones? ¿Están buscando que la tasa de desempleo aumente sensiblemente? ¿Es el propósito del estado aplastar a los contribuyentes que han creído en las mismas autoridades que lo hacen?


¡¡¡ BASTA YÁ !!! Este no es el imperio romano de los primeros siglos que liquidaba a los súbditos por el pago de impuestos muchas veces injusto y desproporcionado. Señores este es el PERÚ, y no es un lugar de abusos ni de atropellos y por ello me uno a las voces que ya se dejan sentir en nuestro ambiente empresarial para ratificar en primer lugar nuestro propósito de contribuir con nuestra patria sin que ello signifique someternos silenciosamente al abuso de la autoridad, como si fuéramos los evasores que pululan en el Perú.


DE: RUBÉN LIZANDRO DEL ROSARIO GOYTIZOLO

DIRECTOR GENERAL: CLUBDECONTADORES.COM

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