Un cliente me envió este documento

un cliente me envió este documento lo pongo o no lo pongo en las compras del mes


  • ASÍ RESPONDIERON LOS MIEMBROS DE GRUPOS CONTABLES. QUE OPINA USTED?
  • Keli Jhackeline Enrique Rivera derrepente compro para alguna venta y le solicitaron muestras. Emoticono unsure es en serio

  • Seymour Murillo Garcia

  • Victor Eduardo Jajaajajjajjajaajajaja

  • Mirian Aracelly Yataco Mejia no xq eso es consumo personal.. como verán la empresa no va hacer una compra de.cada producto??

  • Keli Jhackeline Enrique Rivera ash. ! sucede.. y no es broma

  • Jorge Luis Inga Cruz preservativo Emoticono pacman

  • Keli Jhackeline Enrique Rivera bueno hay investiguen lo el motivo pero yo tengo ideas.

  • Maicol Galindo giro de la empresa : GIGOLO Emoticono smile

  • Saúl García En todo caso, tendrian que demostrar. Yo tengo un caso en que me desembarcaron un Ticket de Plaza Vea de más de 500.- porque el que compró incluyó una lentejita de S/. 1.-. Alli la proporcionalidad y la razonalidad se van al tacho, más aún ahora que los Sunateros están necesitados de plata.

  • Frm Study No

  • Rtasayco Chavez Que buena tio gastos personales no se consideran

  • Romell Pizango ES MUY CIERTO

  • Gregory Alexander Medina Ludeña Sin comentario ajajaj

  • Ederson Ponce Villaverde como salio dinero de la empresa registralo financieramente como gasto, y ya ps tributariamente lo reparas art. 44 LIR gastos personales

  • Ederson Ponce Villaverde jajajajajjajajaja

  • Cesar Caballero Córdova contablemente si es aceptado, pero tributariamente tendrias que repararlo a fin de año

  • David Fajardo Mallma es gasto personal,pero da igual como lo consideres por ser un monto mínimo.

  • Conta Gray Será observado por SUNAT en cualquier fiscalización. Por ese monto no vale la pena arriesgarse. a parte es poco ético y habla mal de quien trata de pasar esos gastos "personales"como de la empresa.....

    Jorge RomeroEs importante ver la operación más allá del comprobante de pago. Las empresas mineras incluyen dentro de su régimen de alimentación el expendio de golosinas a la media noche (chocolates, caramelos, incluso bebidas energizantes) y esto no califica como gastos personales y son deducibles a luz del impuesto a la renta. Estos es un tema de habitualidad, que también es un criterios principio aplicable; incluso por la SUNAT

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