Multas a empresas que no depositen CTS llegan hasta S/. 67,375

La ley vigente establece que, durante 3 años, las multas por no cumplir con el pago de la CTS no deben superar el 35% de la escala correspondiente. Los empleadores deben entregar la hoja de liquidación en un plazo de cinco días, señala la CCL.

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) advirtió que, de no depositar la CTS de sus trabajadores, las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas podrían recibir multas que llegan hasta el 35% de los montos establecidos para cada régimen laboral.

Así por ejemplo, aplicando el 35% de la escala de multas, las multas máximas que puede imponer la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) son: micro empresa S/. 1,348; pequeña empresa S/. 13,475 y mediana y gran empresa S/. 67,375.

Multas a empresas que no depositen CTS llegan hasta S/. 67,375

El gerente del Área Legal de la CCL, Víctor Zavala, advirtió que la Sunafil puede aplicar estas multas por omitir este depósito (infracción grave) y por no entregar la hoja de liquidación dentro de los cinco días de efectuado el depósito (infracción leve).

“Para determinar el monto de la multa por no cumplir con el pago de la CTS, además del sector al que pertenece la empresa, se toma en cuenta el número de trabajadores afectados considerando como base la UIT que es de S/. 3,850 para el año 2015”, dijo.

Zavala recordó que la Ley vigente N° 30222, que rige desde el 11 de julio del 2014, dispuso que la Sunafil realice campañas de fiscalización laboral en forma preventiva y orientadora respecto del cumplimiento de las normas laborales.

Además, durante tres años (entre el 12 de julio de 2014 y 11 de julio de 2017) las multas no serán mayores al 35% de la que resulte de aplicar la escala correspondiente al caso concreto.


Fuente: Diario Gestión

gestion.pe/tu-dinero/multas-empresas-que-no-depositen-cts-llegan-hasta-s-67375-2131515

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