¿SE PUEDE AUTORIZAR A UN TERCERO A REALIZAR LA BAJA INSCRIPCION DEL RUC CON LA AUTORIZACIÓN VIRTUAL GENERADA CON CLAVE SOL

Además de contar con la autorización a través de Sunat Operaciones en Línea, el tercero autorizado deberá exhibir y presentar: Copia de su documento de identidad y el original, señalar su número de autorización registrado, así como presentar el formulario N° 2135 debidamente firmado por el titular del RUC o de su representante legal; así como, de corresponder, la documentación sustentatoria establecida en el procedimiento 4 y 5 del Texto Único de Procedimiento Administrativo 2013.

Asimismo, cabe señalar que para dar de baja al RUC es necesario que previamente se hayan dado de baja los comprobantes de pago y/o las series correspondientes a través de SUNAT Operaciones en Línea.


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