Humala no puede cerrar el Congreso si se niega confianza a Cateriano

Luego de la censura de la Ministra Ana Jara se ha desatado una ola de malos entendidos que han proliferado en los medios y que es urgente aclarar. El primero de ellos tiene que ver con el hecho de que no se ha producido la censura del gabinete ministerial sino solo de la Presidente del Consejo de Ministros, en los exactos términos que establece el artículo 132 de la Constitución.

Esto es así, en primer lugar, porque la moción de censura que se presentó en el Congreso no era contra el gabinete Jara, sino solo contra la Presidenta del Consejo de Ministros. El referido artículo de la Constitución establece la doble posibilidad de que se censure a un ministro o a todo el gabinete. Desde luego, si se censura a la jefa del gabinete (o si renuncia o si es removida por el Presidente) se produce la crisis total del gabinete,  no la censura, y todos los demás ministros tienen que renunciar.

 

Tan claro es esto que el propio gobierno ha interpretado lo sucedido en dichos términos, de otro modo no habría explicación para que haya formado el gabinete Cateriano con casi todos los ministros del gabinete Jara. Lo hecho por el Presidente y el ministro Cateriano al recomponer el gabinete  tiene plena base constitucional en los artículos 132 y 133 de la Constitución.

 

Ahora bien, lo dicho nos lleva a un segundo mal entendido aun más grave.  Se ha afirmado que si el Parlamento negara la confianza al gabinete Cateriano, en aplicación del artículo 134 de la Constitución, el Presidente podría cerrar el Congreso. Esto no es verdad, el referido artículo establece que el Presidente solo puede cerrar el Congreso si este la ha negado la confianza a dos Consejos de Ministros, y, como acabamos de ver, no se ha censurado al gabinete Jara sino solo a la Presidenta del Consejo de Ministros. De modo que si se negara la confianza al entrante gabinete Cateriano, sería el primer gabinete que el Congreso censuraría y no el segundo.

 

Puestas las cosas en sus exactos términos constitucionales, si el Presidente cerrara el Congreso, amparado en la negativa de confianza al gabinete Cateriano, violaría la Constitución y cometería un golpe de Estado, pues como hemos visto él mismo ha interpretado que no se ha censurado el saliente gabinete sino que sus integrantes se han visto obligados a renunciar al habérsele negado la confianza solo a la ex jefa del Consejo de Ministros.

 

Lo expuesto no tiene como propósito promover o crear condiciones legales pera que se niegue la confianza al gabinete Cateriano, es más soy de la opinión que en principio debiera dársele el beneficio de la duda y otorgársele la confianza, pues considero que el actual Presidente del Consejo de Ministros (no Primer Ministro ni Premier) tiene una indiscutible trayectoria democrática que espero honre, y en esa línea cierre el paso a cualquier interpretación que violente la Constitución.




opinion: Walter Gutierrez C.

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