FRACCIONAMIENTO DEL SALDO POR REGULARIZAR DEL EJERCICIO 2014

La Empresa “La Fortaleza S.A.” con RUC Nº 20586436995, tiene la con­dición de Habido. Al presentar su De­claración Anual del Ejercicio 2014 se ha determinado un Saldo por Regula­rizar por un monto de S/. 74 580,00, lo cual por falta de liquidez no puede  cancelar conjuntamente con la pre­sentación de la Declaración Jura­da Anual del Ejercicio 2014, la cual la presenta el 23.03.2015, an­tes de la fecha de vencimiento, se­gún el Cronograma de Vencimiento (31.03.2015). Nos pregunta ¿Si pue­de fraccionar la deuda y en qué mo­mento debe hacerlo?

SOLUCIÓN:

Veamos si se cumple con los requisitos para acogerse al Fraccionamiento:

Haber presentado todas las declaraciones que correspondan a la deuda tributaria por la que solicita fraccionamiento. Al haberse presentado la Declaración Jurada Anual el 23.03.2015, cumple con dicho requisito.
 No tener la condición de No Habido.  Si cumple, dado que se encuentra en la Condición de Habido.

Haber formalizado las garantías ofrecidas.

En su caso, no es exigible la presentación de garantías por el monto de la deuda.

Respecto al momento en que el contribuyente podrá fraccionar la deuda, teniendo en cuenta el Cronograma de Vencimiento de la presentación de la Declaración y Pago de Regularización del Impuesto a la Renta e ITF – Ejercicio 2014. De acuerdo a lo normado por la Resolución de Superintendencia Nº 380-2014/SUNAT, las fechas de vencimiento de acuerdo al último dígito del RUC es la siguiente:

ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC 0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 Buenos Contribuyentes
 FECHA DE VENCIMIENTO 2015  24.03 25.03
26.03
27.03
30.03
31.03
01.04
06.04
07.04
08.04
09.04.2015

Dichas fechas se tomarán de base para saber en qué momento la Em­presa puede fraccionar la deuda.

De acuerdo al último dígito del RUC “5” de la Empresa “LA FORTALEZA S.A.”, la fecha de vencimiento de presentación de la Declaración Ju­rada Anual Ejercicio 2014 es el 31.03.2015, habiendo la empre­sa presentado la Declaración Jurada Anual el 23.03.2015.

En este caso el vencimiento de la Re­gularización del Impuesto a la Ren­ta se ha producido en el mes de presentación:

PRESENTACIÓN DECLARACIÓN JURADA ANUAL VENCIMIENTO

PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DEL

FRACCIONAMIENTO DEL SALDO POR

REGULARIZAR IMPUESTO A LA RENTA

DEL EJERCICIO 2014

 23.03.2015  31.03.2015 01.05.2015

De acuerdo a lo normado por la Re­solución de Superintendencia Nº 199-2004/SUNAT, la cual aprueba el Reglamento de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de la deuda tributa­ria, podemos acoger la deuda del Sal­do por Regularizar del Impuesto a la Renta del Ejercicio 2014, en el mes de Mayo 2015, teniendo en cuenta que:

• La presentación de la Declaración del Impuesto a la Renta – Ejerci­cio 2014, se ha efectuado el 23 de Marzo del 2015, siendo el venci­miento el 31 de Marzo del 2015, no se puede fraccionar la deuda en el mes de Abril 2015, pues el venci­miento de la Regularización del Im­puesto a la Renta se ha producido en el mes anterior de la presenta­ción de la Solicitud.

• En el mes de Marzo no podemos fraccionar la deuda, pues el venci­miento de la Regularización del Im­puesto a la Renta se ha produci­do en el mes de presentación de la Solicitud.

Por lo antes señalado, el contribuyente podrá solicitar el fraccionamiento de la deuda correspondiente a la Regula­rización del Impuesto a la Renta Ejer­cicio 2014 a partir del 01.05.2015.

Para el pago del fraccionamiento, el contribuyente debe utilizar la Guía de Pagos varios – Solicitud de Pago, para el pago de la primera cuota, de las cuotas constantes y de la última cuota. Para ello deberá consignar la siguien­te información:

• Marca “X” en Fraccionamiento.

• Número de RUC.

• Período Tributario, correspondiente al mes y año en que se emite la Re­solución aprobatoria del Fraccio­namiento. Si la aprobación es en el mes de Mayo 2015, el período tri­butario a consignar es el 05-2015.

• Código del Tributo: 8021 – Deuda del Tesoro.

• Importe a Pagar, según documento emitido por la SUNAT.