Notificaciones judiciales se darían en audiencia y en forma pública

PROPUESTA DE DESPACHO JUDICIAL PARA NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL

El CEPJ ha presentado un pre proyecto de reglamento para la correcta aplicación del nuevo Código Procesal Penal, con el objetivo de establecer procedimientos jurisdiccionales y administrativos en todos los distritos judiciales que aplican dicha norma. Entre los diversos puntos que aborda el texto preliminar, resalta lo relacionado a las notificaciones. fuente: la ley

Recientemente el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha prepublicado en su portal web un proyecto de reglamento de despacho judicial, dirigido a jueces que tramitan procesos con el Nuevo Código Procesal Penal. Este texto busca lograr un desempeño adecuado del personal jurisdiccional y administrativo de cada Corte Superior de Justicia que ya tiene en su haber casos con dicha norma procesal. Al parecer, 11 años después de haberse creado el mentado código —julio de 2004—, los jueces tendrán una guía clara y uniforme para proceder.

 

En la actualidad, en 23 distritos judiciales se ha implementado el Código Procesal Penal (CPP), yen 8 distritos judiciales se aplica solo para delitos cometidos por corrupción de funcionarios públicos. Además, en marzo del año pasado se actualizó el calendario de aplicación progresiva, y se fijó que en este año, como primera fase, se pondrá en vigencia Apurímac y Huancavelica; y como segunda fase, en Ayacucho y Junín. Callao, Lima, Lima Norte y Lima Sur, tendrán que esperar un tiempo más, pues para estos distritos se tiene pensado su práctica en el 2016.

 

Entre los 110 artículos que trae el proyecto de reglamento de despacho judicial del nuevo CPP resalta de sobre manera el referido a las "notificaciones". Y es que actualmente los jueces de cada distrito judicial, con el afán de aplicar el código, habían establecido, cada uno, prácticas de trabajo en sus despachos. Sin embargo, ahora, se detalla puntualmente cómo deben llevarse a cabo.

 

Notificaciones: Rápidas y prácticas

 

El artículo 23 del proyecto puntualiza que las notificaciones a las partes se realizarán de forma pública en la audiencia por el mismo juez. De esta forma, quedará registro del acto de notificación en el audio/ video y en el acta respectiva. Además, las partes notificadas que no concurrieron a la audiencia, se tendrán por notificados en dicho acto, salvo aquellas decisiones judiciales que afectan la libertad personal.

 

De igual manera, las resoluciones que se expiden por escrito serán debidamente notificadas en el plazo de 24 horas de dictadas, salvo disposición legal en contrario. Asimismo, los sujetos o partes procesales tienen derecho a solicitar una copia del acta, registro de audiencia y de la resolución judicial.

 

En relación al procedimiento de notificación, el artículo 29 indica que dictada una resolución judicial será remitida a la unidad de comunicaciones en forma inmediata o a la oficina encargada de las notificaciones, salvo que haya sido notificada en audiencia. En los casos que se ordene notificar en menos de 24 horas, se precisará el plazo.

Un punto que siempre ha sido comentado y no resuelto con claridad es el relacionado a las notificaciones personales. Ahora, en el proyecto de reglamento (artículo 32), se aclara que la primera notificación se realizará en forma personal, salvo que hayan señalado domicilio procesal o lo tengan prefijado ante el Ministerio Público. En el caso de personas jurídicas, la primera notificación se realizará en el domicilio que deberá indicar el representante legal.

 

Por último, se regulan las notificaciones por medio electrónico (artículo 36). Ahora estas se podrán realizar a través de una dirección electrónica particular o casilla electrónica, previamente acreditada por las partes procesales. En caso de que por razones técnicas no sea factible el envío de notificaciones, se hará por cualquiera de las otras formas (teléfono, casilla postal, fax, etc., es decir, algún otro medio consignado previamente)

 

El dato

 

- Los jueces que tramitan procesos con el nuevo Código Procesal Penal podrán enviar sus aportes u opiniones al correo electrónico de la Secretaría General del Consejo Ejecutivo del PJ (sgcepj@pj.gob.pe), con el afán de contribuir con el preproyecto.


Escribir comentario

Comentarios: 0