CTS: Excedente de cuatro sueldos podrá retirarse solo hasta el 31 de diciembre

Los trabajadores que cuenten con un excedente de cuatro sueldos en su cuenta de CTS (Compensación por Tiempo de Servicio) podrán retirarlo solo hasta el 31 de diciembre del presente año, ya que a partir del 2015 será necesario contar con seis remuneraciones como monto intangible de esa cuenta.

La mayor disponibilidad de la CTS forma parte de las propuestas del gobierno orientadas a estimular y a dar dinamismo a la economía peruana.

Para retirar el excedente el trabajador debe consultar al empleador si ha reportado a la entidad donde se encuentra su CTS, el monto intangible. En caso de que la empresa no lo haya realizado el trabajador debe acercarse a la entidad (caja o banco) con una carta de su empleador en la que figure el monto intangible de su cuenta.


Si el trabajador tiene una remuneración distinta cada mes, se deberá promediar los últimos seis meses para obtener la remuneración bruta y luego realizar el cálculo.


El congresista Fernando Andrade dijo que el Congreso podría decidir el próximo año si se mantiene como monto intangible solo cuatro sueldos.


Fuente: Diario La República Pág.: 15


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