Municipalidades otorgan facilidades a contribuyentes

Al condonar multas e intereses moratorios de obligaciones no pagados oportunamente.

Diversas municipalidades de la capital vienen disponiendo la condonación de multas e intereses moratorios por tributos de carácter local no abonados oportunamente. 

La medida, que ya resulta costumbre en estas fechas, ha sido oficializada mediante ordenanzas y decretos de alcaldía, informa la Cámara de Comercio de Lima.

Así, el porcentaje de rebaja de las multas e intereses moratorios varía en cada comuna, aunque se exige que los adeudos respectivos sean abonados hasta la fecha de vencimiento del beneficio que señala cada una de ellas.

Finalizados los plazos, los contribuyentes morosos deberán pagar las multas e intereses juntamente con el impuesto predial y los arbitrios que adeuden, que en ciertas comunas no solo corresponden al 2014, sino también a ejercicios anteriores.

Gobiernos locales

Los municipios que apostaron por este tipo de medidas para facilitar el cumplimiento, corresponden a las jurisdicciones de Ate, Barranco, La Victoria, San Martín de Porres, Lince, Surquillo, La Molina, Pueblo Libre y Surco. También los distritos de San Juan de Lurigancho, Chosica, San Luis, San Miguel, Villa El Salvador, Chaclacayo, San Borja, Villa María del Triunfo y el Rímac.

Según los alcances de estas normas se trataría de la condonación y regularización de las deudas tributarias, la gradualidad de sanciones, amnistía tributaria, entre otros.

Según la legislación tributaria, el impuesto predial grava el valor de los predios urbanos y rústicos basado en su autovalúo. Este último, además, se obtiene aplicando los aranceles y precios unitarios de construcción que formula el Consejo Nacional de Tasaciones y aprueba el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento todos los años.

Mientras que los arbitrios son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de los servicios públicos de limpieza pública, parques y jardines, y de serenazgo. Son de periodicidad mensual y su recaudación es trimestral. El pago puede efectuarse en forma fraccionada o al contado.

Premio inmerecido

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) expresó su rechazo a la aprobación de medidas sobre condonaciones y amnistías indiscriminadas a las que periódicamente recurren las municipalidades, porque constituyen un premio para los morosos.

Agregó que la morosidad en la tributación municipal se debe a una serie de factores, entre ellos, el cobro de arbitrios excesivos y, sobre todo, porque algunos gobiernos locales carecen de una eficiente y ordenada administración de sus servicios.


fuente. diario el peruano


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