ÍNDICES DE CORRECCIÓN MONETARIA PARA DETERMINAR COSTO COMPUTABLE DE LOS INMUEBLES ENAJENADOS

Mediante la Resolución Ministerial de la referencia se dispone que en las enajenaciones de inmuebles que las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales –que optaron por tributar como tales- realicen desde el miércoles 8 de enero de 2014...



ÍNDICES DE CORRECCIÓN MONETARIA PARA DETERMINAR COSTO COMPUTABLE DE LOS INMUEBLES ENAJENADOS
Número de la norma : 002-2014-EF/15
Tipo de Norma : Resolución Ministerial
Fecha de publicación : martes, 07 de enero de 2014

Mediante la Resolución Ministerial de la referencia se dispone que en las enajenaciones de inmuebles que las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales –que optaron por tributar como tales- realicen desde el miércoles 8 de enero de 2014 hasta la fecha de publicación de la Resolución Ministerial mediante la cual se fijen los índices de corrección monetaria del siguiente mes, el valor de adquisición o construcción, según sea el caso, se ajustará multiplicándolo por el índice de corrección monetaria correspondiente al mes y año de adquisición del inmueble, de acuerdo al Anexo que forma parte de la Resolución que se está comentando. 

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