Registro de activos fijos


En la edición 37 del programa Con las cuentas claras, el Grupo Siglo explica cómo realizar esta tarea en las empresas para evitar problemas contables. Vea las ediciones anteriores




El registro de activo fijo es obligatorio para los clientes que deben llevar contabilidad completa. Su periodicidad es anual y su periodo máximo de atraso es de tres meses desde que se cerró el ejercicio fiscal.

 

Se recomienda llevar un registro de acuerdo a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y otro según la ley del Impuesto a la Renta. Está conformado por cuatro anexos.

 

fuente: grupo siglo gestión




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