Tribunal Fiscal emite RTF de observancia obligatoria respecto de la infracción que se comete cuando se emiten documentos que no cumplen con los requisitos estab

Mediante la RTF N° 04336-9-2014 que constituye precedente de observancia obligatoria, el Tribunal Fiscal ha dispuesto el siguiente criterio, respecto de la infracción que se incurre cuando se emiten documentos que no

cumplen con los requisitos y caracteristicas establecidas en el Reglamento de Comprobantes de Pago:



”Se incurre en la infracción tipificada por el numeral 2 del artículo 174° del Código Tributario si se entrega un documento que no se encuentra previsto por el artículo 2° del Reglamento de Comprobante de Pago o si estando contemplado en dicho artículo no cumple con los requisitos y características establecidas en el referido reglamento o no cuenta con la autorización para la impresión o importación de la SUNAT,

debiendo inaplicarse la Resolución de Superintendencia N° 156-2013/ SUNAT cuando sustituye el artículo 1° del Reglamento de Comprobantes de Pago, en cuando se refiere a que existe comprobante de pago si su impresión y/o importación ha sido autorizada por la SUNAT conforme al procedimiento señalado en el citado numeral y que la inobservancia de ello acarreará la configuración de la infracción prevista en el numeral 1° del artículo 174° del Código Tributario”.


Escribir comentario

Comentarios: 0