Ley que regula los requisitos para la inscripción y atención de los derechohabientes del titular del seguro de salud

Mediante Ley N° 30183, publicada el 28 de abril, el Congreso ha dispuesto modificar los requisitos para la inscripción y atención en el Seguro Social de Salud (ESSALUD), en las Sanidades de las Fuerzas Armadas, en la Sanidad de la Policía Nacional del Perú y en las entidades prestadoras de salud (EPS), de los derechohabientes del titular del seguro de salud.


La inscripción se realiza a solicitud del titular del seguro de salud o su derechohabiente, padre, madre, tutor o curador.

 

Para la inscripción y atención en los servicios de salud de los derechohabientes sólo se presenta el acta de nacimiento o el Documento Nacional de Identidad o el documento público, según sea el caso, que acredita el parentesco con el titular del seguro de salud.

 

 



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