CCL pide a Sunafil que su labor sea preventiva y no sancionadora


El gremio empresarial alertó que las sanciones perjudicarían a las pequeñas empresas cuyas ventas anuales no superan las 30 UIT y la norma prevé multas por hasta 50 UIT, lo que podría quebrarlas.

Luego que la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) iniciara sus labores ayer, la Cámara de Comercio de Lima (CCL) pidió que su trabajo sea preventivo y no sancionador, sobre todo con las microempresas que requieren de un “acompañamiento laboral”.





La CCL recordó que desde que se creó la Sunafil se incrementó las sanciones laborales en 900% en el monto máximo de las multas. Para las microempresas las multas aumentaron hasta 50 UIT, para la pequeña empresa hasta 100 UIT y para la mediana y gran empresa hasta 200 UIT.

 

“Si bien luego dichas multas fueron flexibilizadas, aún persiste el temor de que se apliquen los topes establecidos en ciertas infracciones” señaló la CCL.

 

CCL pide a Sunafil que su labor sea preventiva y no sancionadora

 

 

 

El gremio empresarial señaló que su preocupación principal son las micro empresas porque son las más susceptibles de incurrir en infracciones, debido al desconocimiento de las normas, con lo cual tendrían que afrontar multas con montos que no pueden asumir.

 

Por ello, la CCL recomendó a los emprendedores no dificultar la labor de fiscalización dado que este hecho conlleva a una infracción “insubsanable”.

 

“La mayoría de microempresas son familiares y sus ventas anuales en promedio no superan las 30 UIT. Si se les aplica multas máximas de 50 UIT estas microempresas tendrían que cerrar sus establecimientos”, refirió.

 

En caso de que la autoridad detectase infracciones, las empresas afectadas pueden optar por la rebaja del 90% de la multa, si es que la empresa subsana voluntariamente la infracción cometida.

 

Igualmente, las multas a las micro y pequeñas empresas pueden acceder a una disminución de 50% en las multas, siempre que dichas empresas estén previamente inscritas en el Registro Nacional de Micro y Pequeñas Empresas (REMYPE). Esta inscripción deberá generarse antes de que se produzca la inspección.



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