Dictan normas relativas al uso de cd’s y/o memorias usb para la presentación de los Pdt’s


A fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los deudores tributarios, mediante Resolución de Superintendencia Nº 089-2014/SUNAT publicada hoy jueves 27 de Marzo de 2014, se ha regulado el empleo de discos compactos o memorias USB por los deudores tributarios para la presentación de las declaraciones elaboradas mediante los Programas de Declaración Telemática (PDT) aprobados para tal efecto. En ese sentido se ha considerado lo siguiente:




1.- Los Principales Contribuyentes deberán utilizar alternativamente, discos compactos o memorias USB, para presentar las declaraciones elaboradas mediante PDT en las Unidades de Principales Contribuyentes de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendencia Lima, Intendencias Regionales u Oficinas Zonales de la SUNAT que les correspondan para el cumplimiento de sus obligaciones formales y sustanciales.

 

2.- Los Medianos y Pequeños Contribuyentes deberán utilizar memorias USB para la presentación:

 

a) En las agencias y sucursales de las entidades del sistema financiero autorizadas por la SUNAT, de las declaraciones determinativas elaboradas mediante PDT.

 

b) En las dependencias de la SUNAT de su jurisdicción o en los Centros de Servicio al Contribuyente habilitados por la SUNAT, de las declaraciones informativas elaboradas mediante PDT.

 

3.- Los contribuyentes podrán seguir utilizando los disquetes de capacidad 1.44 MB de 3.5 pulgadas hasta el 25 de abril de 2014, a efecto de presentar sus declaraciones elaboradas mediante el PDT en los lugares señalados en los puntos 1 y 2 anteriores.

 

La resolución en comentario entrará en vigencia a partir del 28 de Marzo de 2014.

 

fuente: blog asesor empresarial

 

 




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