¿Tienes un contrato laboral a plazo fijo? No dejes de leer esto

Juan Carlos Benavente, especialista de Torres y Torres Lara Abogados, aclara las dudas sobre este esquema de contratación

1.¿En qué consiste el contrato a plazo fijo?

Llamado también contratación modal o a plazo determinado, es un sistema de contratación excepcional y solo se aplica cuando lo requieren las necesidades del mercado (mayor producción de la empresa) o cuando lo exige la naturaleza temporal o accidental del servicio u obra que se va a prestar o ejecutar.



Se rige según lo establecido en el artículo 53 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral.

 

2. ¿Qué debe saber quien es contratado bajo este esquema?

Para empezar, solo se puede contratar a plazo fijo cuando existen causas objetivas que lo justifiquen. Como trabajador debe saber que la inadecuada utilización de esta figura, incluso la mala redacción del contrato, puede generar una reposición o indemnización en caso de despido arbitrario, además de multas al empleador cuando se sobrentienda que sí existe un contrato a plazo indeterminado.

 

3. ¿Qué formalidades debe cumplir la empresa que contrata?

Los contratos a plazo fijo se celebran por escrito y deben presentarse ante el Ministerio de Trabajo (Mintra) dentro de los 15 días posteriores, explicando la causa objetiva que motiva la contratación.

 

De no firmarse apenas se ingrese a laborar y si transcurren tres meses de prueba, el trabajador puede negarse a suscribir el contrato que se le presente después “en vía de regularización”, pues ya habrá obtenido la estabilidad laboral y el empleador no podrá despedirlo sin mediar una causa justa.

 

4. ¿Cuándo se abusa de esta modalidad de contratación?

Constituyen causales de abuso el utilizar este tipo de contratos cuando no existe una causa objetiva habilitante. Es ahí cuando nos encontramos frente a un uso fraudulento.

 

La contratación laboral a plazo indeterminado tiene una relevancia mayor porque constituye la regla general, mientras que la de plazo fijo es la excepción.

 

5. ¿Cuánto tiempo puedo estar contratado bajo esa modalidad?

Las tres submodalidades tienen un plazo máximo de utilización y, en su caso, la sumatoria no debe superar los cinco años.

 

6. ¿En todos los casos se justifica este tipo de contratación?

La contratación a plazo fijo es excepcional y solo será justificada bajo los supuestos que contempla la ley y siempre que exista una causa objetiva.

 

7. ¿Qué pasa con las empresas que no justifiquen, con pruebas, la contratación temporal?

Los empleadores que utilicen mal este tipo de contratos pueden ser sancionados con multas económicas y obligados, mediante el requerimiento correspondiente de la Autoridad Administrativa de Trabajo, a considerar al personal que fue indebidamente contratado a plazo fijo como trabajadores a plazo indeterminado.

 

8. El Mintra esperaba que los contratos a plazo fijo dejaran de existir en el 2013. ¿Es realista pensar en ello?

El mal uso que algunos o muchos empleadores le hayan dado a estas herramientas de contratación no significa que deban desaparecer. En todo caso, es la autoridad la que debe fiscalizar su uso adecuado y legal. Por tanto, no es realista sostener en forma simple que este tipo de contratos deba desaparecer.

 

diario el comercio



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