Modifican directorios de principales contribuyentes de la intendencia lima, intendencias regionales y oficinas zonales

Mediante Resolución de Superintendencia Nº 023-2014/SUNAT publicada el sábado 25 de Enero de 2014, la SUNAT ha modificado los Directorios de Principales Contribuyentes de la Intendencia Lima, Intendencia Regionales y Oficinas Zonales, en los siguientes términos:



a) Ha incorporado a los directorios de Principales Contribuyentes de la Intendencia Lima, Intendencia Regionales y Oficinas Zonales a los contribuyentes comprendidos en el Anexo 1 de la Resolución en comentario.

 

b) Ha excluido de los directorios de Principales Contribuyentes de la Intendencia Lima, Intendencias Regionales y Oficinas Zonales a los contribuyentes comprendidos en el Anexo Nº 2 de la Resolución en comentario, los mismos que deberán presentar las declaraciones determinativas y efectuar sus pagos en efectivo o mediante cheque en la Red Bancaria autorizada por la SUNAT o a través de SUNAT Virtual o en los Bancos habilitados utilizando el Número de Pago SUNAT – NPS en el caso del pago de sus obligaciones tributarias.

 

 

c) Los contribuyentes de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales y los Principales Contribuyentes de la Intendencia Lima, Intendencias Regionales y Oficinas Zonales, deberán cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales, iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos, así como realizar todo tipo de trámites referidos a tributos internos tributos internos administrados y/o recaudados por la SUNAT, únicamente en los lugares de cumplimiento de obligaciones formales y sustanciales señalados expresamente para cada dependencia en el Anexo 3 de la Resolución en comentario, o a través de SUNAT Virtual o en los Bancos habilitados utilizando el Número de Pago SUNAT – NPS para el pago de sus obligaciones tributarias.

 


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